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Overbooking
o sobreventa de vuelos
Estamos
ante esta situación cuando se admiten para un vuelo
más reservas que las plazas de que dispone el avión.
El fenómeno del overbooking, en principio lícito,
es susceptible de ocasionar verdaderos daños que el
pasajero no debe soportar. Esta situación puede provocar
problemas tales como no poder acudir a una cita importante,
no llegar a una reunión de trabajo, no poder disfrutar
de uno o varios días de vacaciones, no poder enlazar
con otro vuelo... Con independencia de los daños y
perjuicios que se puedan solicitar a las compañías
aéreas, existen unas normas comunes que se aplican
a los vuelos regulares que salgan de un aeropuerto de la Unión
Europea (Reglamento CEE nº 295/91 del Consejo de la Unión
Europea):
1ª.
En caso de denegación de embarque a pasajeros en posesión
de un billete válido y de una reserva válida,
podrá elegir entre:
-
El reembolso sin penalización del precio del billete
correspondiente a la parte no efectuada del viaje.
- Un vuelo alternativo hasta el destino elegido lo antes posible.
- El transporte en una fecha posterior que convenga al viajero.
2ª.
La compañía aérea, además, pagará
inmediatamente después de la denegación de embarque,
una compensación mínima igual a:
-
150 euros para vuelos de 3.500 Km. como máximo.
- 300 euros para los de más de 3.500 Km. en función
del destino final marcado por el billete.
En
el caso de que el viajero elija que el transportista lo conduzca
a su destino y se trate de un vuelo cuya hora de llegada respecto
a la de la programada en el inicialmente reservado no es superior
a dos horas para vuelos de un máximo de 3.500 Km. y
de cuatro horas para los de más de 3.500 Km., las compensaciones
serán reducidas en un 50%.
3º.
El importe de las compensaciones podrá estar limitado
al precio del billete correspondiente al destino final.
4ª.
Además, el transportista se encargará de proporcionar
al viajero alojamiento y manutención en los casos en
que sea necesario y los gastos de teléfono o fax al
punto de destino.
5º.
Si el lugar de destino o sus proximidades dispone de varios
aeropuertos, el transportista puede conducir al viajero a
otro aeropuerto, corriendo con los gastos de transporte hasta
el aeropuerto de destino.
6º.
Puede el viajero sufrir daños y perjuicios provocados
por la sobreventa, lo cual le habilita para acudir a la vía
jurisdiccional para realizar su reclamación, en caso
de no llegar a un acuerdo con la compañía aérea.
El
transportista en estos casos debe facilitar al viajero las
normas de compensación por denegación de embarque.
La
Comisión Europea está estudiando actualmente
una propuesta que establece que se publique anualmente una
lista de las compañías aéreas con mayor
número de quejas por sobreventa de billetes.
(La nueva
normativa para el overbooking, cancelaciones de
vuelo o importantes retrasos aprobada por la Unión
Europea en julio de 2003, todavía no ha entrado en
vigor).
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y cancelaciones de vuelo
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