Retraso o cancelación de viaje por la compañia transportista

AVION
TREN
AUTOBUS
BARCO

El proceso a seguir consiste en la reclamación directa a dichos organizadores y/o detallistas de lo expresado a continuación, y en el caso de que dicha reclamación resulte infructuosa, valorando el coste de dinero y tiempo que pueda suponer, cabe pasar a la reclamación por la vía judicial, con la oportuna asistencia de un abogado, de lo que en justicia corresponde al consumidor (si tiene cualquier duda, en asdetour estamos a su disposición).

AVION

En vuelos domésticos españoles, cuando el viaje se suspende o retrase por causa de fuerza mayor o razones meteorológicas que afecten a la seguridad del mismo, el transportista quedará liberado de responsabilidad por daño moral, devolviendo el precio del billete. Si una vez comenzado el viaje se interrumpiera por cualquiera de las causas señaladas anteriormente, el transportista está obligado a efectuar el transporte de viajeros y equipajes por su cuenta, salvo que los pasajeros optasen por el reembolso de la parte proporcional al trayecto no recorrido.

Cuando no existiere fuerza mayor, no está limitada la responsabilidad del transportista por los daños y perjuicios causados, por lo cual el consumidor puede ser indemnizado por los correspondientes daños morales y materiales.

En vuelos internacionales, el transportista sí es responsable del daño causado por el retraso en el transporte aéreo por causa de fuerza mayor, excepto si se tomaron todas las medidas necesarias. Cuando no existiere fuerza mayor, no está limitada la responsabilidad del transportista por los daños y perjuicios causados, por lo cual el consumidor puede ser indemnizado por los correspondientes daños morales y materiales.

Si se trata de un viaje combinado, el consumidor tiene derecho a hacer esta reclamación también contra el organizador y/o detallista del viaje.


TREN

a) Grandes líneas. Le deberán proporcionar billetes para otros trenes, alojamiento y manutención o facilitarle un transporte alternativo. Se aplicarán distintos porcentajes de indemnización en función del tiempo de retraso o cancelación.

b) Cercanías. Las indemnizaciones por retraso y cancelación son las recogidas en la Tarifa General de Viajeros.

c) A.V.E. Se devolverá el precio del billete cuando la demora sea superior a 5 minutos.

No obstante, cualquier retraso o cancelación puede ser además indemnizada por producir los correspondientes daños morales al consumidor. Si se trata de un viaje combinado, el consumidor tiene derecho a hacer esta reclamación también contra el organizador y/o detallista del viaje.


AUTOBUS

En caso de cancelación, la empresa de transportes está obligada a proporcionarle un medio alternativo para llegar a su destino, sin perjuicio del derecho del consumidor a reclamar una indemnización por los correspondientes daños morales. Si se trata de un viaje combinado, el consumidor tiene derecho a hacer esta reclamación también contra el organizador y/o detallista del viaje.


BARCO

La resolución de las reclamaciones se hace de acuerdo al Código de Comercio Marítimo. Usted tendrá derecho a la devolución del pasaje y al resarcimiento de los correspondientes daños y perjuicios, pero si la suspensión fuera debida a causa fortuita o de fuerza mayor, sólo tendrá derecho a la devolución del pasaje.

Usted dispone de hojas de reclamaciones, que pasan directamente al Servicio de Atención al Cliente.

Si se trata de un viaje combinado, el consumidor tiene derecho a hacer esta reclamación también contra el organizador y/o detallista del viaje.

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