Aumento de precio de viajes combinados u otros servicios por parte de las agencias de viajesSólo por causas justificadas se puede incrementar por la agencia de viajes el precio del viaje combinado o cambiar cualquier elemento esencial del contrato, cuya modificación esté prevista en el contrato o en el folleto publicitario (por ejemplo, una subida en el cambio de la moneda si el destino es un país extranjero). El aumento del precio habrá de comunicarse al consumidor con al menos 20 días de antelación al inicio del viaje. En este caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato con derecho a otro viaje o a la devolución del dinero anticipado. En cualquier caso, tendrá derecho a solicitar una indemnización por daños y perjuicios. Páginas relacionadasDeber de la agencia de asistencia en viaje Mala prestación de servicios contratados por parte de una agencia de viajes |