Accidentes.

Al igual que el viaje en tren, la empresa de transporte, tiene la obligacin de contratar un seguro a terceros y el seguro Obligatorio de Viajeros. Remitirse al apartado Accidentes en tren.

Las indemnizaciones a lesionados o familiares de fallecidos, estar limitada de acuerdo con el baremo establecido en la Ley de Ordenacin y Supervisi n de Seguros Privados, ya que todos los vehculos a motor terrestres que no circulen por ra les, se rigen por la normativa del seguro obligatorio.

Para solicitar la indemnizacin correspondiente habr que tener en cuenta el grado de responsabilidad en la produccin del accidente, de tal forma, que si la responsabilidad recae en el conductor del autocar, la empresa (su aseguradora), tiene que hacerse cargo de todos los gastos provocados en el accidente y de las indemnizaciones correspondientes; pero si la responsabilidad es de un tercero, ser a ste al que habr que solicitar la correspondiente indemnizacin.

No obstante, la empresa tambi n est obligada a contratar el S.O.V.I. (Seguro Obligatorio de Viajeros).

En estos casos, la empresa tambi n debe proporcionar medios de transporte hasta el lugar de destino, hacindose cargo de los gastos de alojamiento y manutenci n.

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