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Equipaje.
Los conductores del autobús no podrán impedir que
los viajeros lleven en el autobús maletas u otros bultos,
siempre que quepan en el portamaletas y no lo deterioren. El equipaje de mano tiene que poder transportarse encima o debajo
del asiento. En el caso de extravío o deterioro del equipaje, siempre
que no haya habido previa declaración de su valor, la empresa
tendrá que abonar 2.000pts/Kg. de peso bruto del equipaje
con un máximo de 20Kg. Cuando el valor declarado exceda de
2.000pts/Kg. de peso bruto, los concesionarios podrán percibir
hasta el 6% del valor declarado en concepto de prima de seguro. En el caso de que se demuestre que ha existido dolo por parte del
transportista en la pérdida o deterioro del equipaje, no
habrá limite alguno en las indemnizaciones. |