Hojas de reclamación y carta de reclamación

La reclamación podrá hacerse en los documentos específicos que facilite el transportista, el encargado del alojamiento, la agencia de viajes..., en definitiva, el responsable de la mala prestación del servicio o del problema surgido. Las reclamaciones deben hacerse inmediatamente después de surgida la incidencia y por escrito, de tal forma que quede constancia siempre de que se ha realizado y conservando en todo caso una copia o duplicado de la misma.

En España, todos los establecimientos abiertos al público en general tienen un libro de reclamaciones que los empleados están obligados a ofrecer al cliente si éste desea poner una queja, además de facilitarle las explicaciones que sean necesarias para su adecuada cumplimentación. Se trata de hojas de reclamación presentadas en un modelo oficial aprobado por el organismo competente de la comunidad Autónoma de que se trate. Se trata de cuatro hojas de distinto color en modelo de calco donde el perjudicado expondrá los motivos de la reclamación. Una copia la conservará el reclamante a efectos de constancia y remitirá el original al organismo competente en materia de consumo del domicilio del reclamado. El reclamante podrá unir a la hoja de reclamación que entregue al organismo de consumo, cuantas pruebas y documentos sirvan para el mejor enjuiciamiento de los hechos. En el caso de reclamaciones sobre precios será preceptiva la presentación de una copia de la factura.

Es muy importante conservar toda la documentación relacionada con el viaje, que luego nos pude servir de prueba: folletos y catálogos, facturas, billetes, ticket de gastos originados,...

Conviene solicitar estas hojas en el momento en que se aprecia la incidencia o problema que impide el pleno disfrute del viaje y entregarla al organismo de consumo también cuanto antes, al tratarse de plazos de reclamación bastante breves.

Si el establecimiento se negara a entregar una hoja de reclamación, éstas también se pueden conseguir en el organismo de consumo, poniéndole en conocimiento esta circunstancia.

La reclamación conviene que sea clara, concisa, legible, aportando los datos concretos sobre los hechos ocurridos y, a ser posible, que sean comprobables. No hay que olvidar consignar los datos personales y domicilio, a fin de que la contestación llegue lo antes posible.

El organismo competente en materia de consumo abrirá un expediente e investigará la realidad de lo ocurrido. Finalmente emitirá un dictamen, sancionando, en su caso, al responsable.

Otra forma de efectuar la reclamación es dirigiendo una carta certificada o un burofax al responsable, con el fin de que también quede constancia de que se ha hecho.

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