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Pasaporte
ordinario espaol.
Es un pasaporte individual, que se expide por las Jefaturas Superiores
y Comisarías de policía y si es en el extranjero en las Embajadas
y Consulados de España, pudiendo incluirse los hijos o sujetos
a tutela menores de 14 aos, que no podrán hacer uso del pasaporte
si no van acompañados de su titular. Esta inclusión
requiere la presentación del Libro de Familia o documento
que acredite fehacientemente la filiación o la tutela. Su validez es de 5 años cuando el solicitante tenga menos
de 30 años; y de 10 años cuando los haya cumplido. Requisitos para su expedición: - Mayores de edad: Presentar su D.N.I. y dos fotografías
tamaño carné, recientes y en color. |