Pasaporte ordinario espaol.

Es un pasaporte individual, que se expide por las Jefaturas Superiores y Comisarías de policía y si es en el extranjero en las Embajadas y Consulados de España, pudiendo incluirse los hijos o sujetos a tutela menores de 14 aos, que no podrán hacer uso del pasaporte si no van acompañados de su titular. Esta inclusión requiere la presentación del Libro de Familia o documento que acredite fehacientemente la filiación o la tutela.

Su validez es de 5 años cuando el solicitante tenga menos de 30 años; y de 10 años cuando los haya cumplido.

Requisitos para su expedición:

- Mayores de edad: Presentar su D.N.I. y dos fotografías tamaño carné, recientes y en color.
- Menores de edad: Permiso de los padres o tutores o, en su caso, autorización judicial. El permiso se obtendrá mediante comparecencia ante la oficina donde se solicite el pasaporte o ante el juzgado, notario, alcalde o comandante del puesto de la Guardia Civil. Los padres o tutores deberán presentar el D.N.I., Libro de Familia o partida de nacimiento literal del menor.
- Si se incluyen hijos menores de 14 años: Presentar D.N.I. del titular, dos fotografías de éste y Libro de Familia o, en su caso, partida literal de nacimiento.

Volver

  Tel: 902012929 +34915912751
©asdetour 2004, Francisco de Rojas, 2, Madrid, Espa a